Arrestos y multas por piropos en Coacalco

La iniciativa aprobada el Cabildo deriva de un exhorto enviado por la Legislatura del Estado de México

Las personas que lancen silbidos para acosar sexualmente a mujeres y hombres serán acreedores a un arrestos y multas por piropos en Coacalco los cuales constan de 24 horas o una multa de 2 mil 800 pesos. 

El presidente municipal de esta localidad, David Sánchez Isidoro, indicó que el objetivo es concientizar y sensibilizar sobre la problemática a la que se enfrentan, principalmente las mujeres, al transitar por la vía pública. 

“Trabajamos para crear mecanismos de acción para que la autoridad, por la vía administrativa, atienda y sancione el hostigamiento y el acoso sexual callejero«

«y así identificar, prevenir y erradicar esta conducta que afecta principalmente a niñas, adolescente y mujeres». 

Aplicarán arrestos y multas por piropos en Coacalco

«Pero también buscamos proteger a los hombres pues todos estamos expuestos a ser víctimas de estos actos que generan malestar”, indicó el edil priista.

De acuerdo con la iniciativa aprobada por el Cabildo:

  • Se considerará hostigamiento y acoso callejero a las miradas lascivas, piropos, silbidos, comentarios sexuales directos o indirectos respecto del cuerpo de otras personas. 
Arrestos y multas por piropos

Además de los tocamientos sin consentimiento, persecución, arrinconamiento y actos de exhibicionismo, entre otros, que afecten la dignidad, libertad, integridad o derechos de las personas en una o más ocasiones.

La medida también aplicará a quienes comentan actos de exhibicionismo

Sánchez Isidoro Explicó que la iniciativa aprobada el Cabildo deriva de un exhorto enviado por la Legislatura del Estado de México. 

“Coacalco se suma a la promoción de la tranquilidad y libertad de movimiento de las y los habitantes del municipio«, dijo. 

Detalló que la sanción estará fundamentada en el artículo 21 del Bando Municipal.

En el que se establece que las víctimas de acoso y hostigamiento deberán recibir atención oportuna y adecuada por parte de las autoridades competentes.  

Comentó que en el artículo 171 Bis, quedó estipulado que la sanción será arresto administrativo hasta por 24 horas o conmutable hasta por 30 UMAS (Unidades de Medida y Actualización).

Esto dependiendo del hecho, según criterio de la autoridad competente.

SPM